Áreas de práctica · 02
Abogado laboral en Montería
Defendemos a trabajadores y asesoramos a empleadores en Montería y en todo Córdoba: despidos, liquidaciones, estabilidad reforzada, acoso laboral y seguridad social. La recepción de su caso es gratuita.
Cuándo consultarnos
La mayoría de los conflictos laborales se resuelven mejor si se atienden a tiempo, antes de firmar una liquidación o de dejar vencer un término. Estos son los casos que más atendemos:
A cargo de
- Lo despidieron sin justa causa o sin explicarle el motivo
- Le ofrecen una liquidación y no sabe si está completa
- Está en embarazo, en licencia o en tratamiento médico y lo quieren desvincular
- Sufre acoso laboral o un cambio injustificado de sus condiciones
- Le niegan la pensión, la afiliación o el pago de aportes
- Es empleador y necesita terminar un contrato o sancionar sin asumir riesgos
Cómo trabajamos
Cómo le ayudamos
Empezamos por los documentos: el contrato, los desprendibles de pago, la carta de terminación, la historia laboral y los mensajes que tenga con su empleador. Con eso le decimos con franqueza si hay una reclamación con respaldo y qué podría representar, antes de que usted decida nada.
Cuando hay camino, intentamos primero la vía más corta: la reclamación directa y la conciliación. Si no prospera, presentamos la demanda ante la jurisdicción ordinaria laboral y la llevamos en primera y en segunda instancia, ante los juzgados laborales de Córdoba y el Tribunal Superior de Montería.
La reforma laboral de 2025 (Ley 2466) modificó varias reglas del Código Sustantivo del Trabajo, entre ellas la de prescripción. Por eso revisamos cada caso con el texto vigente, no con el que circula en internet.
También asesoramos a empleadores en contratos, reglamentos, procesos disciplinarios y terminaciones, para que una decisión de hoy no se convierta en una demanda mañana. Para empresas con necesidades permanentes existen nuestros planes mensuales.
Laboral
Términos que no debe dejar pasar
Es el plazo general para reclamar los derechos laborales, contado desde que cada obligación se hizo exigible (art. 488 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 2466 de 2025).
Un reclamo escrito al empleador sobre un derecho determinado interrumpe la prescripción, por una sola vez (art. 489 del mismo Código).
Una liquidación o un acuerdo de terminación firmados sin revisar pueden limitar lo que después se puede reclamar. Tráiganos el documento antes.
Información general, no asesoría para un caso concreto. Cada situación tiene particularidades que cambian el análisis: consúltenos antes de tomar una decisión.
Preguntas frecuentes
Preguntas sobre derecho laboral
¿Qué pasa si me despiden sin justa causa?
El empleador debe pagarle una indemnización, además de los salarios y las prestaciones que tenga pendientes. El monto depende del tipo de contrato, del salario y del tiempo trabajado.
¿Qué es la estabilidad laboral reforzada?
Una protección especial para trabajadores en situaciones como el embarazo, la licencia de maternidad o una condición de salud que les dificulte trabajar. En esos casos el despido puede requerir autorización del Ministerio del Trabajo, y si se hace sin ella un juez puede ordenar el reintegro.
¿Puedo reclamar si ya firmé la liquidación?
En muchos casos, sí. Firmar la liquidación no equivale a renunciar a lo que no se le pagó, salvo que haya firmado una conciliación o una transacción válidas. Tráiganos el documento y lo revisamos.
Hablemos de su caso
La recepción de su caso es gratuita. En esa primera conversación definimos el plan jurídico, los honorarios y los plazos.