Áreas de práctica · 05

Abogado del consumidor en Montería

Hacemos valer sus derechos frente a productos y servicios que fallan: garantías negadas, devoluciones, publicidad engañosa y cláusulas abusivas, con reclamaciones directas y demandas ante la Superintendencia de Industria y Comercio. La recepción de su caso es gratuita.

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Cuándo consultarnos

Un reclamo de consumo bien hecho desde el comienzo suele resolverse sin juicio. Uno mal hecho puede quedarse sin prueba. Estos son los casos que más atendemos:

A cargo de

Julián Maldonado Sagre

  • El producto falló y el vendedor se niega a repararlo, cambiarlo o devolver el dinero
  • Lo que le entregaron no corresponde a lo que prometía la publicidad
  • Un contrato de adhesión le impone cláusulas que lo perjudican
  • Una constructora le entregó una vivienda con defectos
  • Le cobraron un servicio que no pidió o que no le prestaron
  • Su reclamación lleva tiempo sin respuesta
Cuéntenos su caso →

Cómo trabajamos

Cómo le ayudamos

La ley protege al consumidor con una garantía legal que obliga a responder por la calidad, la idoneidad y la seguridad de lo que compra, además de la garantía que ofrezca el vendedor.

El primer paso es la reclamación directa al productor o al proveedor, que puede hacerse por escrito, por teléfono o verbalmente, y que es requisito para demandar después. Le ayudamos a hacerla bien: con fecha, con lo que se pide y con las pruebas, porque esa reclamación es la base del caso.

Si no hay solución, presentamos la acción de protección al consumidor ante la Superintendencia de Industria y Comercio, que ejerce funciones jurisdiccionales en esta materia, o ante el juez competente.

También acompañamos casos de publicidad engañosa y de vivienda nueva con defectos, donde la garantía cubre la estabilidad de la obra y los acabados.

Consumidor

Términos que no debe dejar pasar

Primero

Reclame directamente al vendedor o al productor y conserve la prueba: es requisito para demandar (art. 58 de la Ley 1480 de 2011).

1 año

Para demandar la efectividad de la garantía, contado desde que la garantía expiró (art. 58 de la Ley 1480 de 2011).

Conserve

La factura, la publicidad, los mensajes y las fotografías del defecto. Sin ellos, la reclamación pierde fuerza.

Información general, no asesoría para un caso concreto. Cada situación tiene particularidades que cambian el análisis: consúltenos antes de tomar una decisión.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre derecho del consumidor

¿Qué cubre la garantía legal?

La calidad, la idoneidad, la seguridad y el buen funcionamiento del producto. Si falla, puede exigir la reparación; y si la falla se repite, el cambio del producto o la devolución del dinero.

¿Tengo que reclamar primero al vendedor?

Sí. La reclamación directa al productor o al proveedor es requisito para demandar, y puede hacerse por escrito, por teléfono o verbalmente. Conserve la prueba de que la hizo.

¿La Superintendencia puede obligar a una empresa a responderme?

Sí. En la acción de protección al consumidor, la Superintendencia de Industria y Comercio actúa como juez, y sus decisiones son obligatorias para la empresa.

Hablemos de su caso

La recepción de su caso es gratuita. En esa primera conversación definimos el plan jurídico, los honorarios y los plazos.

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